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El atraso en el pago de tasas no impide la renovación de la autorización sanitaria
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En una reciente decisión, el Tribunal Regional Federal de la 1ra. Región juzgó irregular la práctica reiterada de la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria de condicionar la renovación de la autorización de vigilancia sanitaria al pago de débitos vencidos, relativos a las tasas establecidas por la ley.
La restricción fue impuesta por la ANVISA mediante la Resolución de la Directoría Colegiada (RDC) nro. 08 de 2007, que condiciona la renovación de la autorización de vigilancia sanitaria al pago de los débitos atrasados. Según el magistrado, la restricción es ilegal, dado que el medio que cabe para la cobranza de los impuestos atrasados se da a través del enjuiciamiento de la ejecución fiscal.
En la práctica, la acción beneficia solamente a la Asociación Nacional de Farmacéuticos Magistrales (Anfarmag) y a sus asociados, quienes no pueden tener sus actividades impedidas por el incumplimiento de las tasas, pero se crea un precedente positivo para todas las empresas reguladas por la ANVISA.
Cabe resaltar que la ANVISA actúa sobre todas las actividades descriptas por la Ley Federal nº 6.360/7, como por ejemplo los establecimientos farmacéuticos, considerando que la Ley Federal n.º 9.782/99 comenzó a exigir la renovación de la autorización de funcionamiento y de la autorización especial.
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